Transporte de bicicletas
Se podrán transportar bicicletas en los trenes de Cercanías bajo las siguientes condiciones específicas:
- Sólo se admitirá una bicicleta por viajero.
- El viajero portador de la bicicleta deberá estar en posesión de un
título de transporte válido y no abonará cantidad alguna por este
servicio.
- Si la ocupación del tren fuera elevada y el viajero portador de
bicicleta no pudiera realizar su viaje o pudiera ocasionar molestias,
podrá optar por otro tren o por la devolución del importe total de su
billete.
- Las bicicletas serán transportadas en los espacios destinados para
ello. En el caso de no existir señalización, los espacios destinados
para el transporte y acondicionamiento serán los espacios de acceso de
los trenes autorizados, sin invadir, en cualquier caso, los pasillos y
las zonas de asientos no abatibles.
- La carga, custodia y descarga de las bicicletas será efectuada por sus propietarios.
- Renfe no se hace responsable de los posibles desperfectos o pérdidas que puedan sufrir las mismas durante el trayecto.
El máximo de bicicletas por plataforma de acceso, lo determinará la
disponibilidad de espacio en cada momento, prevaleciendo siempre el
criterio de Atención al Cliente.